El patricarcado al rescate de femicidas

30.11.2018

De Página 12.   VIOLENCIAS | En un fallo indignante, un tribunal de Mar del Plata atenuó la pena a los violadores y asesinos de Lucía Pérez. Consideraron que no hubo femicidio. Su madre dijo que la mataron dos veces, y anunció que apelará la sentencia. "Acá no se termina nada."

Menos de cinco minutos les llevó a los jueces Facundo Gómez Urso, Aldo Carnevale y Pablo Viñas leer la sentencia que prácticamente absolvió a los dealers imputados de abuso y femicidio Matías Farías y Juan Pablo Offidani, y a su cómplice de encubrimiento, Alejandro Maciel, por la muerte de Lucía Pérez. En un soplo los titulares del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1, uno de los juzgados más cuestionados en Mar del Plata por el tenor de sus fallos, negaron la existencia del "abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida y favorecido por el suministro de estupefacientes en concurso ideal con femicidio". Para estos magistrados no se probó sobradamente que Lucía fue sometida por sus captores en una situación de desigualdad y de asimetría de poder, forzada a trasladarse a la casa de Farías, que la obligaron a consumir drogas para obnubilar su consentimiento y abusaron de ella junto con Offidani como partícipe necesario. Las lesiones compatibles con abuso sexual no les parecieron destacables -ya no eran tan aberrantes como las que vociferó la impresentable fiscal María Isabel Sánchez- y ni siquiera tuvieron la dignidad de caratular la causa como femicidio. Marta, la madre de Lucía, esperaba la pena de prisión perpetua, porque hasta los 18 años que había pedido el fiscal Daniel Vicente para Farías y Offidani, y los cuatro para Maciel, le parecían poco. Al salir de los tribunales, Guillermo, el padre de Lucía, gritó "¿Y la muerte de mi hija quién la paga? ¿Va de regalo?". Hace décadas que la Justicia argentina "regala" muertas a las familias de los barrios populares y la sociedad las llora porque se convirtieron en carne propia. Gómez Urso, Carnevale y Viñas concluyeron que ninguno de los parámetros de de la Ley 26.485 de Violencia contra las Mujeres ni de tratados internacionales se encuentran en el crimen de Lucía. Las lesiones "obedecen a una relación sexual brusca o impetuosa que se pueden dar en el ámbito de relaciones sexuales consentidas. (... ) Todo fue en un marco de normalidad y naturalidad, todo fue perfectamente querido y consentido por Lucía Pérez", concluyeron en el fallo. "Entonces, esa desigualdad entre hombre y mujer, esa asimetría en la relación de poder, no se hallan presentes en este caso. Acá no ha existido ni violencia física, psicológica, subordinación ni humillación ni mucho menos cosificación." Durante el juicio descalificaron los argumentos de especialistas en temáticas de género y pusieron en duda la existencia del machismo y la desigualdad histórica entre varones y mujeres.

-Acá hay una defensora que es mujer, una secretaria de juzgado que es mujer. Mujeres que lograron acceder a lugares de poder. Está usted, que tiene un montón de títulos -dijo Carnevale a Laurana Malacalza, coordinadora del Observatorio de Violencia de Género de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, que expuso en una de las audiencias.

-No todos los hombres son iguales -agregó Viñas.

-Tuvimos una Presidenta mujer, tenemos una gobernadora. Esa brecha hoy no existe -concluyó Carnevale.

Esta Justicia patriarcal y desbocada, machista, misógina, colonial, racista, disciplinadora, obsequia absoluciones y atenuaciones de las penas a violadores y asesinos mientras recrudecen las violencias intrafamiliares y se agranda la onda expansiva de un entorno cada vez más diversificado que se devora a niñas, niños y adolescentes. Farías y Offidani merodeaban escuelas, marcaban a estudiantes para venderles droga, les "fiaban" para tenerlxs cautivxs de una deuda eterna. Las relaciones de dominación se instituían incluso mucho antes de que sus víctimas los conocieran. Eran ellos quienes elegían a las presas que deseaban tener a disposición. Y eso era mucho más que disponer de cuerpos. Farías y Offidani se llevaban puestas las vidas.

Los jueces los condenaron a ocho años de prisión y a pagar una multa irrisoria de 135 mil pesos por el delito de "tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y en inmediaciones de un establecimiento educativo". A Maciel, que estaba por huir a Miami, lo absolvieron por no haberse acreditado la acusación de "encubrimiento agravado". Las 44 familias de niñas y niños abusados de los jardines de infantes del Instituto Fleming y la escuela confesional San Antonio María Gianelli se acuerdan todos los días de Gómez Urso, Carnevale y Viñas. Son los que absolvieron, con acompañamiento de la jerarquía eclesiástica local, a la profesora Analía Schwartz, imputada de "abuso sexual infantil" y "corrupción de menores". Rechazaron pruebas irrefutables y en la sentencia llegaron a asentar la necesidad de "revisar los protocolos internacionales" que se aplican en la Cámara Gesell a menores de edad, porque no les creían a las víctimas que describieron los abusos de Schwartz. Leer más.

Patricia García Ces
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